Cooperativas
de vivienda - Cómo funciona una cooperativa
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Según la Ley General de Cooperativas, la
cooperativa cuenta con unos ÓRGANOS SOCIALES, nombrados, controlados y
desempeñados por los socios. Los más importantes son la ASAMBLEA GENERAL, el
CONSEJO RECTOR y los INTERVENTORES.
La ASAMBLEA GENERAL es la reunión de los
socios para deliberar y tomar acuerdos, como órgano supremo de expresión de la
voluntad de la Cooperativa. Los acuerdos que en ella se tomen, adoptados
conforme a las Leyes y a los Estatutos sociales, obligan a todos los
socios.
El CONSEJO RECTOR es el órgano de gobierno,
gestión y representación de la sociedad
cooperativa, con sujeción a la Ley, a
los Estatutos y a la política general fijada por la Asamblea General. Como
mínimo, el Consejo Rector debe estar formado por tres miembros: Presidente,
Vicepresidente y Secretario, elegidos por la Asamblea General.
Los INTERVENTORES -entre uno y tres- son los
órganos de fiscalización de la cooperativa y tienen como función principal la
censura de las cuentas anuales. Al igual que el Consejo Rector, los
Interventores son elegidos por la Asamblea General.
Como medida de control adicional, el Real
Decreto 2028/1995 obliga, en el caso de las cooperativas
de
viviendas
con
promociones de
protección
oficial, a que sus cuentas sean sometidas a Auditorías
Externas.
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