Cooperativas
de vivienda - Derechos de los cooperativistas
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Desde el momento en que el socio es
admitido, se iguala en derechos con el resto de sus compañeros, lo que le supone
poder:
- Participar con voz y voto en la adopción
de acuerdos - Elegir y ser elegido para los cargos de los órganos
sociales - Participar en el retorno cooperativo, en su caso - Solicitar la
actualización y devolución, cuando procedan, de las aportaciones al capital
social - Participar en todas las actividades de la cooperativa, sin
discriminaciones
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